HISTORIA DEL CANTÓN MILAGRO

16.- DIVISIÓN POLÍTICA DEL CANTÓN MILAGRO.

Agradezco la colaboración por parte del Lcdo. Víctor Hugo Vicuña, con respecto a exponer y contribuir con la Historia del cantón Milagro referente a la “DIVISIÓN POLÍTICA DEL CANTÓN MILAGRO, y todo lo que exponga tanto en texto como en gráficos, fotos, etc.,  Es de su absoluta responsabilidad.

 

Diego Balarezo Pinos

Paleógrafo, Gestor Cultural, Conservación Documental Histórica.

 

Por: Víctor Hugo Vicuña Piedra

El Milagro de Milagro:

Un recorrido por su historia

Segunda Edición Corregida y Aumentada, año 2007

DIVISIÓN POLÍTICA DEL CANTÓN MILAGRO

PLANO GENERAL DEL CANTÓN MILAGRO, AÑO 2005.

PLANO GENERAL DEL CANTÓN MILAGRO, AÑO 2005.

Antecedentes:

A raíz de la cantonización de Milagro se hicieron las gestiones necesarias para la demarcación de sus linderos, suscitándose controversias entre los personeros de los municipios de Yaguachi y Milagro.

El Concejo de Milagro en sesión del 2 de septiembre de 1914, resolvió iniciar en definitiva las gestiones tendentes a alcanzar dicha demarcación; solicitando para el efecto a los tenientes políticos rurales indiquen de una manera precisa los linderos antiguos de las parroquias de su jurisdicción.

Todo lo anterior fue hecho a solicitud del secretario de la Cámara de Diputados y miembros de dicha Cámara que formaban en aquel año la Comisión de División Territorial de la República.

En sesión del 28 de septiembre del mismo año, fue nombrado José Miceno Escala, Comisionado del Concejo de Milagro para que se entienda en la demarcación en referencia.

 La labor de Escala fue insustancial. Para mayor éxito del trabajo iniciado, el Concejo de Milagro en sesión del 6 de mayo de 1915, resolvió levantar el plano del cantón, encomendando este importante trabajo al Ingeniero Jacobo Vernimen, por la suma de 1.500 sucres pagaderos a medias entre los Municipios de Yaguachi y Milagro.

Los planos estuvieron terminados el 16 de junio de 1916 y aprobados por el Concejo de Milagro en sesión ordinaria del 30 de dicho mes y año.

Como en el transcurso de las discusiones en esta primera tentativa de arreglo con los vecinos de Yaguachi se suscitaron polémicas y desacuerdos; intervino de manera enérgica el Supremo Gobierno y comisionó al Gobernador de la provincia, José Antonio Gómez para que efectúe una inspección ocular a los linderos en disputa entre los cantones Milagro y Yaguachi.

El Gobernador Gómez llegó a la parroquia Chobo el 22 de octubre de 1915, habiendo realizado la inspección en compañía de las comisiones nombradas por ambos Municipios y compuestas por concejales y ciudadanos honorables de cada cantón.

Fueron nombrados peritos de parte de los Municipios de Yaguachi y Milagro, Ramón Martínez y Ernesto Amador Baquerizo, respectivamente. El Gobernador elevó su informe al Ministro de Gobierno pocos días después.

Así las cosas hasta que el Concejo de 1916, el mes de julio resolvió seguir gestionando la demarcación de límites Milagro-Yaguachi; convocando para el efecto a varios ciudadanos del lugar, los que reunidos en el Salón Municipal el 27 de dicho mes, por el Vicepresidente del Cabildo, encargado de la Presidencia, formaron una Junta de Notables para llevar a feliz término el hasta entonces loable proyecto.

El 19 de julio tuvo lugar la primera reunión de la Junta de Notables y nombró como Presidente a Ernesto Seminario Hans.

La Comisión de Límites integrada por Ernesto Seminario Hans y Ernesto Amador Baquerizo, Egas y Eloy Alfaro L. Aguirre. El señor Egas actuó como Secretario.

Los límites señalados por la Comisión constan marcados con tinta roja en el plano levantado por el Ingeniero Vernimen y fueron aprobados por el Concejo de Milagro en sesión del 1 de septiembre de 1916 y enviada la documentación legal al Congreso de aquel año para su aprobación, la que no se llevó a cabo por la desidia de los legisladores; ocasionando por este motivo a los dos cantones continuas discusiones cuando se trata de hacer efectivo el cobro de ciertos impuestos, gravámenes municipales como el de alcabalas, registro de propiedades, etc.

El 8 de junio de 1920 el Concejo de Milagro resolvió invitar a un arreglo amistoso sobre límites al municipio de Yaguachi, quien aceptó la invitación y nombró de inmediato la siguiente comisión compuesta por Idelfonso Wenceslao Ollague, Vicepresidente de la Corporación; Felipe Layana Tutivén, síndico procurador y Luis Felipe Landázuri, los que llegaron a esta población el 10 de julio del mismo año.

Después de largas y acaloradas discusiones no se llegó a un entendimiento, habiendo fracasado también por esta vez el arreglo propuesto por nuestro Cabildo.

En 1934 la Corporación Municipal tomando en cuenta la importancia que encerraba para la armonía de los dos pueblos vecinos da por terminada las diferencias que existía en la demarcación de límites Milagro-Yaguachi, en sesión ordinaria del 27 de enero resolvió entrar en arreglos directos y definitivos con Yaguachi, habiendo nombrado comisionados para estas negociaciones a Luis A. Samaniego S., Presidente de la Corporación; Arturo Salazar Quiroz y Gerardo González, concejales y a Eliécer Jurado, síndico procurador municipal.

Dichos comisionados sostuvieron su primera entrevista que resultó la primera y última, pues no llegaron a un entendimiento los comisionados de las partes litigantes, por la ambición de los yaguacheños,  quienes deseban se les acepte adueñarse a su favor de una importante faja de terreno a orilla del Chimbo, es decir al sur oeste de Milagro, en la zona limítrofe con Yaguachi.

En vista de no haberse llegado a un resultado satisfactorio, fue elevada la disputa, con amplia y legal documentación por parte del municipio de Milagro al Congreso Nacional de 1934, el que tampoco alcanzó a dar término a la litis en el corto tiempo de sus funciones, quedando en la secretaría de la Cámara de Diputados, la documentación que ambos municipios enviaron.

Linderos Cantonales en 1916

Los linderos señalados para la Comisión Municipal nombrada para el efecto por el Concejo de Milagro en la sesión ordinaria del 1 de septiembre de 1916, fueron los siguientes:

Lindero oeste.- Por el oeste, el lindero de la hacienda Angélica o “Las Balsas”, de los herederos del señor Jorge M. Icaza, o sea la cerca de alambre y estancada que separa esta hacienda de las propiedades de los señores Apolinario López, Daniel Andrade, Tobías Villamar, José Antonio Jurado y Andrés Peñafiel; el cauce del río Viejo o Perdidoque desemboca en el punto denominado “La Puente”, desde donde se encuentra el lugar denominado “Boca de Bagre”, que sirve de lindero con la hacienda San Nicolás del señor Homero Morla, hasta el río Milagro; siguiendo hasta el norte de la orilla izquierda del río Milagro hasta el callejón divisorio de la hacienda Chagualú con las de Santa Rosade Chobo o Ingenio Luz María, que las separa de la hacienda Chagualú del señor Francisco Lescano y propiedad del señor Donoso.- De este punto hacia el norte de los límites occidentales de los sitios “Rico” y “Las Lomas”, de que habla la Ordenanza de creación de la parroquia Chobo y los límites occidentales de los terrenos sucesores del señor Rafael Valdez, sigue el límite norte de esos mismos terrenos, que los separa de la hacienda Ñauza del señor Ricardo Planas, hasta llegar al punto de unión de los linderos de los fondos Ingenio Valdez, Ñauzay Milagro.- (De este punto de unión de los tres mencionados linderos, sigue hacia el norte el límite occidental de la hacienda Milagro, hasta el punto donde se encuentra el río Chagüe, Chiquito o Carrizal.-

Lindero norte.- Además del lindero norte antes mencionado de los terrenos de los sucesores del señor Valdez sigue después el punto de donde termina el límite occidental de la hacienda Milagro en el río Chagüe, Chiquito o Carrizal,la orilla izquierda del cauce de este río con dirección al este hasta llegar al punto de unión de los límites de las provincias del Guayas, Los Ríos y Bolívar, según la Carta Geográfica del Dr. Wolf.- De este punto continúa  el este siguiendo el límite norte de la provincia del Guayas hasta el río Chimbo.

Quedan incluidas además, dentro de este límite norte las haciendas de los sucesores de Valdez, en la parte en que se encuentran dentro de la provincia del Guayas.

Lindero este.- Por el este la orilla del río Chimbo, hasta el puente de Chimbo.

 Lindero sur.- Por el sur, dentro del puente de Chimbo, sigue la orilla derecha del río de este nombre hasta su encuentro con el cauce antiguo de este mismo río Chimbo en la parte que sirve de lindero sur de las haciendas Conducta, Veneciay Angélicao “Las Balsas”. De este punto sigue hacia el sur la línea que sirve de lindero oriental de la hacienda últimamente nombrada hasta el estero “Moja Huevo”. De este punto sigue hacia el oeste, el lindero de dicha hacienda hasta encontrar el límite occidental de la misma.

Diferencia de límites entre Milagro y Yaguachi

El cantón Yaguachi, cuya extensión territorial fue bastante considerable, pues comprendía los territorios que actualmente conforman los cantones Jujan, Simón Bolívar, Milagro, Naranjito, Marcelino Maridueña, El Triunfo y Bucay.

Desde 1883 en que Yaguachi fue elevado a categoría de cantón no se había presentado ninguna dificultad, sin embargo 1913 cuando el Poder Legislativo erigió en nuevo cantón de la provincia del Guayas, la parroquia Milagro, con las parroquias Naranjito, General Antonio Elizalde y Chobo; que pertenecían todas a Yaguachi antes de la creación de este cantón: Y de ahí surgirán las dificultades.

Salió a la luz la interpretación legislativa que iba a permitir más adelante, reducir la extensión de la parroquia Chobo, que desencadenó un diferendo territorial entre ambos cantones, que en 1915 hubo necesidad de atenderse esta situación por parte del Ejecutivo, quien comisionó al Gobernador de la provincia del Guayas el encargo de estudiar los medios conducentes a la terminación de esta litis, que se había agudizado con divergencias respecto a tributaciones fiscales, sobre la zona en disputa.

Toda la controversia que pudiera decirse, se basaba en la interpretación que se dio a la Ordenanza Municipal expedida por el Concejo Cantonal de Yaguachi en 1892 que creó la parroquia Chobo, en el sentido de fijar los límites más meridionales.

En efecto no existía dudas, que parte de esa dificultad, se debía a la imprecisión de los términos empleados producto directo de las generalizaciones siempre perjudiciales en esta materia.

La Ordenanza establecía que el lindero de Chobo, hacia la parte de abajo era la orilla izquierda del río Milagro hasta las propiedades de la hacienda Matildede Homero Morla, quien luego fue Gobernador del Guayas; comprendiendo las haciendas de “Las Balsas”, propiedad de Jorge Icaza con sus respectivos linderos desde “Boca de Bagre” en el río Viejo. No hay duda que la preposición DESDE empleada en este caso, no significó principio de lugar, sino un punto de referencia para determinar el lindero con Yaguachi Viejo. Y el inciso tercero de la Ordenanza, dice entre otras cosas:

“Al tratarse de esta misma parte de la limitación de Chobo, que quedan comprendidas en la nueva parroquia Chobo la hacienda de “Las Balsas”, propiedad de Jorge Icaza y la finca del señor Jurado”.

Según lo expuesto, se viene en conocimiento que la Ordenanza incluida en la parroquia Chobo, la propiedad de don Jorge Ycaza, que la llamó hacienda “Las Balsas”. ¿Pero qué es la hacienda “Las Balsas”?. Propiamente dicho, que se conoce con el nombre de Angélica, no tenía una demarcación fija, que se llame “Las Balsas”, cuya demarcación nace de una práctica agraria y se llamó a sí a toda esa extensión, por parte de los nativos de esa región, porque por esas tierras traficaban las balsas (medio de transporte que aún se usa entre nosotros), que conducía los productos agrícolas, dado lo anegadizo del terreno; por eso es que siendo la propiedad de don Jorge Ycaza Paredes, una gran extensión de terreno, a la fecha de la creación de Chobo, hayan opinado los personeros del cantón Milagro, que los límites de Chobo incluyen la hacienda La Angélica  de don Jorge Ycaza Paredes, que se conocía con el nombre de “Las Balsas” y que esta extensión debió tomarse sólo desde “Boca de Bagre”, excluyendo una considerable porción del aludido inmueble, de la parroquia Chobo, pues alegaban que nunca se llamó “Las Balsas” a toda la hacienda de don Jorge Ycaza, sino a una parte de ella.

Esta controversia, que fue síntesis, exigía la totalidad de la hacienda Angélica para Chobo –tesis milagreña- o una porción reducida de ella –tesis de Yaguachi-, no fue resuelta en un modo equitativo porque no se siguió un criterio interpretativo sobre la Ordenanza de 1892 o en su caso debió someterse a la realidad topográfica, contemplando las razones administrativas y seccionales, para establecer una delineación que deje perfectamente aclarados los linderos de los dos cantones.

 Siguiendo la primera tesis, no hay duda que la interpretación favorece a Milagro por las siguientes razones:

 a).- La hacienda de don Jorge Ycaza a la fecha de la creación de Chobo, comprendía un solo cuerpo de terreno, que como quiera que se le denominara era un cuerpo cierto, que no admitía ningún equívoco; la denominación dada a la hacienda de Jorge Ycaza se debió, sin duda a aquel espíritu tradicionalista que impera aún entre nosotros para llamar a los lugares por los nombres que pusieron nuestros antepasados, tal el caso de la antigua parroquia rural de Daule, que se llamó legalmente “Las Ramas”, pero que todos la denominaron “El Salitre”.

b).- Estudiadas las transacciones hecha sobre la hacienda de Jorge Ycaza y registradas en la provincia en la Oficina del Registro de Propiedad de Yaguachi, por corresponder a esa razón el cobro de los impuestos fiscales y municipales de la zona en disputa, se viene en conocimiento que la familia Icaza, ejerció un dominio incuestionable en toda la unidad territorial que se conoce con el nombre de hacienda Angélica, según consta en la sentencia de de posesión ejecutiva expedida por el Juzgado Municipal de Guayaquil, de abril 21 de 1888 a favor de Josefa Ycaza Benites, las escrituras otorgadas el 26 de octubre de 1890 y de transacción del 17 de junio de 1890, todas ellas inscritas en el cantón Yaguachi y anteriores a la creación de Chobo, no tenía ningún interés, por limitar la extensión de esta parroquia.

La prueba es que desde 1892 hasta 1915, es decir exactamente 23 años, no se suscitó ninguna diferencia respecto a límites de Chobo. Los cuales eran generalmente conocidos de todos los lugareños, pero, a partir de 1915, la cuestión de la cantonización de Milagro, que les quitaba Chobo, presentó dicha discusión.

Si se sigue la segunda tesis, la que pide una nueva limitación cantonal, que no se basa en la interpretación de la Ordenanza, sino en las exigencias administrativas y seccionales, entonces pedimos como límites de los dos cantones en la zona disputada, el cauce antiguo del río Chimbo, que se desprende un poco más al este de Tiguera, limitando Conducta de Payo y bordeando la pampa de “La Chiquita, límite natural y equitativo, que se sugirió en aquella época.

A este respecto fueron interesantes las tentativas hechas para solucionar este conflicto; las sugerencias dadas en repetidas ocasiones entre otras, la gestión del Gobernador de la provincia del Guayas, José Antonio Gómez, cuando en la inspección ocular practicada a instancias del Ministerio de Gobierno en el año 1915, determinó en forma loable la norma que debía seguirse para la fijación definitiva de los límites.

Un importante informe fue elevado por el Gobernador al Ministro de Gobierno, dándole cuenta de sus labores y entonces pedía el ministro como límite al cauce del río Chimbo, quedando la parte de la hacienda Angélica para arriba, como perteneciente a Chobo y la parte inferior de dicho inmueble para Yaguachi Viejo.

Pero el Poder Ejecutivo lejos de someter la cuestión a la autoridad que debía conocer de ella, dictó el Decreto No. 114 del año 1916, en el que arbitrariamente fijaba los límites de los dos cantones, como una medida administrativa provisional, límites que comprendían la sección desde “Boca de Bagre” en río Viejo, hasta “Mata Palo Bonito”.

Pero este Decreto fue inconstitucional, porque según el inciso 17 del artículo 54 de la Constitución de 1916, daba cuenta que al Congreso le correspondía la fijación de los límites entre los dos cantones y el Ejecutivo no tenía ninguna facultad para obligar a respetar esa decisión. Ese Decreto vino a agravar más la situación, porque cercenó aún más la extensión de Chobo.

El Congreso de 1933, recibió toda la documentación respectiva, enviada por los Municipios de ambos cantones para que esa entidad diera el fallo definitivo, conforme sus atribuciones.

Pero por más gestiones que se hicieron acerca de la resolución del Parlamento Nacional, nada se consiguió y por el contrario, los legisladores enviaron al archivo la demanda de limitación indicada.

En múltiples ocasiones, los concejales de Milagro y Yaguachi trataron de arreglar el diferendo y en conversaciones amistosas, planearon las bases de una fijación de limítrofe transaccional, que debía ser sancionada en último término por el Congreso, pero tampoco dio resultado.

Límites urbanos de la cabecera cantonal en 1934

El 17 de julio de 1934 el Concejo Cantonal, presidido por Luis Samaniego llevó a cabo la demarcación del sector urbano de Milagro, señalando como límites de ese sector, los siguientes:

Por el norte: La calle Guayaquil del plano levantado por Juan Ramón Fariño Gavilánez, hasta encontrar la prolongación hacia el norte de la explanada León Becerra, de donde seguirá hacia el este en línea paralela a la calle García Moreno, hasta encontrar el río Milagro.

Por el sur: Una línea paralela al río Milagro, tirada de oeste a este a una distancia de doscientos cuarenta metros a la margen izquierda de dicho río desde el frente de Puerto Valdez, hasta el lindero de la hacienda San Miguel con la propiedad de los herederos de Miguel Zea Campoverde, antes Francisco Mazzini Carrizosa.

Por el este: El río Milagro; y

Por el oeste: La línea que forma el callejón de Chirijo con Valdez, prolongada hasta encontrar el lindero sur.

Linderos urbanos de la cabecera cantonal en 1959

Plano de la ciudad de Milagro, levantado por Juan Ramón Fariño Gavilánez en noviembre de 1956.

Plano de la ciudad de Milagro, levantado por Juan Ramón Fariño Gavilánez en noviembre de 1956.

Hacia 1959, la cabecera cantonal  se había extendido considerablemente, por lo que fue necesario por parte del Concejo, expedir una nueva Ordenanza Municipal para modificar la demarcación de límites  urbanos fijada en 1934 en la que se estableció lo siguientes:

Por el norte: Una línea paralela a la del ferrocarril del Estado, que parte del extremo norte de la perpendicular levantada a seiscientos cincuenta metros hacia el oeste de la calle Roberto Astudillo, hasta encontrarse con su prolongación de la calle Guayaquil, luego continúa esta calle al este hasta encontrarse con su intersección de la calle Eloy Alfaro, siguiendo en línea paralela a la del ferrocarril hasta la intersección con el extremo norte de la perpendicular levantada sobre la línea férrea a quinientos ochenta metros del río Milagro hacia el este.

Por el sur: Una línea paralela al río Milagro desde el extremo sur del lindero oeste siguiendo hasta la intersección con la línea situada a doscientos cincuenta metros  hacia el oeste que va paralela a la carretera Milagro-El Empalme-Durán-Tambo, siguiendo al sur hasta sobrepasar doscientos cincuenta metros de la prolongación en línea recta hacia el oeste del camino a Banco de Arena para continuar en línea paralela a este misma vía hasta su intersección con la prolongación sur del lindero este.

Por el este: Una línea perpendicular a la del ferrocarril del Estado levantada a quinientos ochenta metros desde el río Milagro hasta el este, por dicha vía, hasta formar las intersecciones con los linderos norte y sur.

Por el oeste: Una línea perpendicular a la del ferrocarril del Estado levantada a seiscientos cincuenta metros hacia el oeste de la calle Roberto Astudillo hasta formar las intersecciones con el lindero norte que quedó a doscientos cincuenta metros de la línea férrea y el sur a doscientos cincuenta metros del río Milagro.

Todas las secciones de terrenos parceladas o lotizadas sin autorización del Concejo y que se incorporaron dentro de los límites indicados, que fueron destinados a calles, plazas y caminos vecinales, espacios verdes, etc., quedó a beneficio de la Municipalidad, de conformidad a la Ley de Régimen Municipal.

PARROQUIAS URBANAS.

Plano urbano de Milagro con la conformación de sus cuatro parroquias.

Plano urbano de Milagro con la conformación de sus cuatro parroquias.

1.- Camilo Andrade Manrique, compuesta por los barrios:

a).- Central

b).- La Granja

c).- Banco de la Vivienda

d).- Las Praderas

2.- Chirijos, compuesta por los barrios:

a).- Chirijos

b).- Seguro Social

c).- El Paraíso

d).- Apolo XI

e).- Abdón Calderón Muñoz

f).- Tomás Acuña Ceitero

3.- Crnel. Enrique Valdez C., compuesta por los barrios:

a).- Rafael Valdez Cervantes

b).- Rosa María

c).- San Francisco

d).- Jorge Dáger Mendoza

e).- Bellavista

f).- Nueva Dáger

g).- Belín Oeste

h).- La Maruja

4.- Ernesto Seminario Hans, compuesta por los barrios:

a).- Nuevo Milagro

b).- San Miguel

c).- El Porvenir

d).- Belín Este

e).- Nuevo San Miguel

f).-  Las Piñas

g).- La Eugenia

El 15 de noviembre de 1990, en la administración municipal de Humberto Centanaro Gando fue presentado por los concejales Leoncio Delgado Hermidas y Ricardo Vélez Andrade un proyecto de Ordenanza Municipal, en que se solicitaba la creación de 5 nuevas parroquias urbanas, siendo éstas: Eloy Alfaro, Rosa María, José María Velasco Ibarra, Vicente Rocafuerte y Las Piñas, con lo que se elevarían a 9 las parroquias urbanas de Milagro. Sin embargo este proyecto no prosperó, por lo que se mantienen las 4 ya existentes.

En la actualidad Milagro cuenta con 78 ciudadelas, que son: Almeida, Las Abejas, Las Américas, Abdalá Bucaram, Asad Bucaram, Apolo, Abdón Calderón, Quirino Moreira, Banco de la Vivienda, Banco de Fomento, Bellavista, Bendición de Dios, Cañaverales, Cantos Loor, Los Ceibos, Cristo del Consuelo, Cosmopolita, Constancia, Cumandá, Che Guevara, Los Chirijos, Chimborazo, Los Cholos, Dáger, 17 de Septiembre, 19 de Enero, La Esperanza, Nueva Esperanza, 21 de Enero, Elvia María, Edmundo Valdez, Huancavilca, La Florida, INERHI, Los Helechos, San Francisco, Santa Fe, Julieta Vega, Juan Wiesneth, Judith Ortega, Juan Vargas, Karina, Los Laureles, León Becerra, La Paz, Las Mercedes, Las Margaritas, María Mercedes, Municipalidades, Santa Martha, Santa Rosa de Chobo, Nuevo Milagro, San Pedro, Milagro Norte, La Pradera, Pobladores Sin Tierra, Las Piñas, Los Pinos, Las Palmas, El Pantano, El Paraíso, El Porvenir, Rosa María Nueva, Rosa María Antigua, Unida, Tanya Marlene, Los Troncos, Los Vergeles, 22 de Noviembre, San Camilo, San Miguel No. 1, San Miguel No. 2, La Matilde, Quinta Patricia, La Zoilita, y La Lolita.

PARROQUIAS RURALES.

PARROQUIA MILAGRO:

PARROQUIA MILAGRO.

PARROQUIA MILAGRO.

El cantón Milagro está conformado por 5 parroquias rurales, siendo estas: Milagro, Chobo, Mariscal Sucre, Roberto Astudillo y 5 de Junio, esta última aprobada por Ordenanza Municipal en sesión de Concejo del 29 de junio de 1995, en la administración de Lister Andrade Ortega, pero aún no ha sido aprobada por el Ministerio de Gobierno, Policía y Municipalidades, por cuanto no cuenta con el número suficiente de 10 mil habitantes que establece la Ley.

La parroquia Milagro es la principal del cantón, siendo la cabecera cantonal desde el 17 de septiembre de 1913 y posee una superficie de 219,85 kilómetros cuadrados.

Limites urbanos:

En 1982 el Concejo Cantonal, expidió una nueva Ordenanza de Limitación Urbana de la ciudad de Milagro, con la que se derogó en forma expresa a las expedidas el 30 de octubre de 1970 y 5 de julio de 1973 y se establecieron los nuevos límites del área urbana de Milagro.

Por el norte: Desde el punto a 1.500 metros de la vía Empalme-Milagro-Yaguachi-Babahoyo hasta el puente del estero Chirijo, siguiendo aguas arriba hasta el puente de la vía Milagro-Carrizal.

Por el este de norte a sur: Desde el puente estero Chirijo vía Milagro-Carrizal hasta el río Milagro, límite de la Granja Universitaria y hacienda Milagro.

Hasta la línea férrea kilómetro 37,5 con la hacienda San Miguel hasta el kilómetro 2 vía a Panigón, siguiendo línea imaginaria hasta la vía lidero hacienda San Miguel, La Eugenia a 1.500 metros desde la vía Milagro-Boliche hasta el puente de iniciación del callejón Las Avispas, en la línea imaginaria de 750 metros paralelos a la vía Milagro-Boliche, hasta el estero Los Monos.

Por el sur: estero Los Monos, aguas abajo a 750 metros del puente Los Monos.

Por el oeste: En línea paralela a la carretera Milagro-Boliche hacia el norte hasta el lindero de hacienda Maruja, San Miguel a 750 metros de la carretera Milagro-Boliche, siguiendo límite hacienda Maruja.

San Miguel hasta el estero Belín, límite de hacienda Luz María de Chobo con Rosa María (Dáger) hasta la línea férrea a la altura de la casa La Matilde, siguiendo línea férrea hacia arriba el límite del Ingenio Valdez a la altura del Camal Municipal, límite a La Matilde hasta el estero Chirijo, límite de haciendas Luz María, Valdez y Finca Moncayo, siguiendo al lado oeste de dicha finca la vía Milagro-El Empalme-Yaguachi-Babahoyo, el punto de partida de estos límites.

Recintos: La Aurora, La Victoria, Mata de Plátano, Carolina, La Victoria, Elisita, Las Tres Cruces, Carrizal, Piñuelal, La Garganta, Los Aguacates, El Recreo, Las Cataratas, La Chontilla, Banco de Arena, Linderos de Venecia, Banco de Beldaco, San José, El Edén, El Progreso, El Triunfo, Los Ceibos, Los Monos, Manabí Chico, Las Piñas, Barcelona, Las Pilas, Río Chimbo, Panigón, 10 de Agosto, María Eugenia, Todos me envidian, La Codicia, El Cambio y Estero Los Monos. 

PARROQUIA CHOBO:

PARROQUIA DE CHOBO.

PARROQUIA DE CHOBO.

Es la más antigua del cantón Milagro; fue creada el 25 de abril de 1892 cuando el Concejo Cantonal de Yaguachi, de acuerdo con la Ley de División Territorial acordó erigir en Parroquia Civil el recinto Chobo con la denominación de parroquia Santa Rosa de Chobo, teniendo una  superficie de 42,87 kilómetros cuadrados.

La Ordenanza en mención, manifiesta:

 

El Concejo Cantonal de Yaguachi

Considerando:

1.- El incremento que ha tomado el recinto Chobo por su población y comercio,

2.- Que es deber de la Municipalidad propender el adelanto y mejoras de las poblaciones y,

3.- Que atento al mejor servicio de la administración municipal del cantón y en uso de la facultad que le concede la Ley de División Territorial.

Acuerda:

Art. 1.- Se erige en Parroquia Civil el recinto Chobo con los caseríos del Ingenio La Matilde, Las Lomas, Boca de Chobo y Las Balsas con la denominación de Santa Rosa de Chobo.

Art. 2.- Los linderos de la nueva parroquia son: Por la parte de abajo desde la orilla del río Milagro el callejón divisorio de la hacienda Chagualú, propiedad del Dr. Alejo Lascano con la de Santa Rosa de Chobo, propiedad del Dr. Modesto Jaramillo Egas, hasta el estero de Chirijo en el punto denominado Tres Bocas, siguiendo este estero y pasando por la poza grande de Malvar hasta el estero de “Rico”; de este punto siguiendo el mismo estero hacia el N.E., hasta “Las Lomas” que quedan en la misma dirección; de donde tomando el S. E. al Puerto de Belín por la parte de arriba y costado de atrás y por el frente siguiendo hacia abajo la orilla izquierda del río Milagro hasta las propiedades de la hacienda Matilde del señor Homero Morla, comprendiendo la hacienda de “Las Balsas”, propiedad del señor Jorge Ycaza Paredes, con sus respectivos linderos, desde Boca de Bagre en río Viejo que desemboca en el mismo río Milagro, en la parte denominada “La Puente”, comprendidas además las propiedades del señor Carlos Jurado, con el caserío de la orilla del río.

Art. 3.- Quedan comprendidas en la nueva parroquia la hacienda de Chobo y Chirijo del doctor Modesto Jaramillo Egas, los sitios de “Rico” y “Las Lomas” el callejón y el camino real que divide la hacienda del señor Valdez hasta llegar al Puerto de Belín en las posiciones del mismo doctor Jaramillo y la del señor Manuel María Franco Coto, Baltazara Ávila de Ortiz y Rufino Navarrete; la hacienda La Matilde de uno a otro lado del río Milagro, la hacienda de Las Balsas del señor Jorge Ycaza Paredes y la finca del señor Carlos Jurado con el caserío de la orilla del río en el punto denominado Boca de Chobo.

Art. 4.- Elévese al Supremo  Gobierno por el Órgano de la Jefatura Política y aprobado que sea, publíquese en la nueva Parroquia y en todas las otras del cantón.

Dado en la Sala de Sesiones del I. C. C. de Yaguachi, a 25 de abril de 1892.

El Presidente del Concejo, Vicente Borbúa, El Secretario Municipal, Juan Antonio Hidalgo.

El Secretario que suscribe con el juramento de Ley, certifica: que la presente Ordenanza ha sido discutida por el I.C. Municipal, en las sesiones de los días 20, 23 y 24 del presente.

Yaguachi, abril 26 de 1892

Juan Antonio Hidalgo

Jefatura Política del Cantón Yaguachi

Junio 8 de 1892. Ejecútese.

Manuel María Franco Coto; Juan Antonio Hidalgo, Secretario Ministerio de lo Interior y RR.EE.

Quito, a 25 de junio de 1892.

Estando arreglado a las prescripciones de la Ley el Acuerdo expedido por el Ilustre Concejo Municipal de Yaguachi, sobre la creación de una nueva Parroquia Civil en este Cantón, Provincia del Guayas, S.E., el Presidente de la República ha tenido a bien aprobarlo y, en consecuencia, se declara erigidos en Parroquia Civil del Cantón Yaguachi los caseríos del Ingenio La Matilde, Las Lomas, Boca de Chobo y Las Balsas, bajo la denominación de Parroquia Santa Rosa y cuyos linderos están señalados en el presente Acuerdo.

Por S.E., Guerrero.

Son copias exactas tomadas de la edición recopilación de Ordenanzas mandadas a publicar por el Concejo Municipal de Yaguachi en 1911.

El Secretario Municipal.- f) Carlos Chiriguaya.- (Hay un sello que dice: Presidencia del Concejo Municipal.- Cantón Milagro).

El Ingenio Luz María dio vida a la parroquia Chobo, de él hoy solo queda su recuerdo.

El Ingenio Luz María dio vida a la parroquia Chobo, de él hoy solo queda su recuerdo.

Como queda demostrado con documentos oficiales que la parroquia Chobo contiene a los predios de la Compañía Azucarera ILUZMARSA entre ellos San Nicolás, La Gloria, llamado antiguamente La Carmelina, La Palma y Luz María, antes Santa Rosa de Chobo.

La cabecera parroquial está asentada en los terrenos del predio Luz María, desde el año 1867 cuando dicho predio era de propiedad de los doctores Rafael y Modesto Jaramillo Egas, donde años antes, el Dr. Modesto Jaramillo Egas estableció el Ingenio de azúcar con el nombre de Santa Rosa de Chobo.

En 1897 el doctor Modesto Jaramillo vendió el Ingenio y la hacienda Chobo en S/. 330.000 al empresario Homero Morla, quien hizo bastantes mejoras en la hacienda y en el Ingenio al que dio el nombre de Luz María que se conservó por muchos años.

La Sociedad Agrícola Luz María adquirió el predio Luz María (antes Santa Rosa de Chobo) mediante compra a la señora Luz María Morla, según consta en la escritura otorgada en Guayaquil el 16 de junio de 1937, ante el notario Pedro Alcívar Moreira y reinscrita el 16 de febrero de 1959, registrada en el cantón Yaguachi donde consta que el predio en mención se encuentra ubicado en la parroquia Yaguachi Nuevo, con fecha 7 de marzo de 1994 y Registrador de la Propiedad de Milagro con fecha 15 de marzo de 1994, cuyos límites son:

Por el norte: el Ingenio La Matilde con cerca divisoria.

Por el sur: hacienda Chagualú del doctor Alejo Lascano, separada por un callejón, por el frente el río Milagro y por el fondo el estero de Chirijo. El 17 de septiembre de 1913, Chobo pasó a integrar las parroquias del cantón Milagro.

Demarcación de sus límites

El 17 de julio de 1934, se reunió una comisión  mixta integrada por el comisionado del gobierno, comandante Pedro Ignacio Triviño y los representantes de la Municipalidad de Milagro, Arturo Salazar Quiroz y Carlos Puig Vilazar, para dar cumplimiento al artículo 1 del Decreto Supremo del 28 de enero de 1928, Reformatorio de la Ley de Impuesto Predial del 30 de enero de 1926, con el objeto de verificar la demarcación de los sectores urbanos de las parroquias Milagro, Naranjito, Chobo y General Elizalde, se procedió a la demarcación del sector urbano de la población de Chobo, en el que se acordó previo examen del terreno, señalar como límites de este sector, los siguientes:

Por el norte: una línea paralela en la línea del ferrocarril a distancia de unos 100 metros de esta zona, trazada desde el lindero oeste hacia el este hasta el lindero occidental.

Por el sur: el río Milagro.

Por el este: una línea perpendicular a la del ferrocarril que pase por el costado oriental de la última línea de edificios de la aldea compacta que forma la población de Chobo hacia ese lado hasta que corte los límites norte y sur.

Por el oste: una línea perpendicular a la del ferrocarril que pase por el costado de la piladora de arroz del Ingenio prolongado hasta que corte los linderos norte y sur que dejamos descritos.

Límites Urbanos

En 1974 fueron establecidos los nuevos límites de la parroquia Chobo, siendo estos:

Por el norte: vía El Empalme-Milagro-Yaguachi.

Por el sur: río Chimbo, parroquia Cone.

Por el este: carretera Milagro-Boliche y límite urbano de la ciudad de Milagro.

Por el oste: haciendas El Cóndor, Chagualú y Torres-Rico, del 50% del área parroquial lo integran la hacienda del Ingenio Luz María, además están asentadas las haciendas La Angélica, La Maruja y Las Mercedes.

Recintos: hacienda Yolanda, Paraíso de Chobo, Las Avispas, hacienda Eugenia, Los Monos, Las Palmas, San José.

PARROQUIA MARISCAL SUCRE:

PARROQUIA MARISCAL SUCRE.

PARROQUIA MARISCAL SUCRE.

La parroquia Mariscal Sucre, cuyo nombre se debe a la iniciativa de Segundo E. Escobar, en homenaje al Gran Mariscal de Ayacucho, fue creada por Ordenanza Municipal dictada el 18 de julio de 1933 por el Concejo Cantonal, Presidido por Gerardo González y Decreto Ejecutivo No. 278 del 2 de abril de 1934.

Se encuentra situada en la margen derecha del río Milagro, a 12 kilómetros de la cabecera cantonal y en terrenos de las haciendas María Mercedes y Venecia; su superficie es de 56,47 kilómetros cuadrados.

El caserío de esta parroquia comenzó a formarse el año 1900, en la finca de propiedad de Julio y Francisco Franco, siendo ellos con Juan Villavicencio Pareja los primeros habitantes del hasta entonces recinto Los Huaques, llamado así por la abundancia de aves de ese nombre que existían en la zona.

El orden público hasta la fecha que fue elevado a parroquia el recinto Los Huaques, fue guardado por Mateo Benítez y Juan Sánchez en su carácter de celadores del recinto; siendo los primeros habitantes Julio Franco, Pedro Reina, Juan Sánchez, José Miguel Andrade, Juan Villavicencio Pareja, Francisco Franco, José Acosta y Francisco Merchán.

Acuerdo de parroquialización de Mariscal Sucre

 El Ilustre Concejo del Milagro

 Considerando:

1.- Que el desarrollo de la agricultura en el recinto denominado Los Huaques ha traído muchos habitantes a esta comarca, aumentando frecuentemente su población así como su estado comercial, motivo por el cual necesita mayor atención de los poderes públicos;

2.- Que es deber de las Municipalidades propender al adelanto y mejoramiento de las poblaciones que se encuentran de su jurisdicción; y

3.- Que por la distancia en que se encuentra el recinto mencionado de la cabecera cantonal, los moradores carecen de los oportunos auxilios de las autoridades y en que en la estación del invierno se les dificultan las transacciones comerciales a sus moradores;

 Acuerda:

 Art. 1.- Elévese a la categoría de Parroquia Civil al recinto denominado Los Huaques y con la denominación de Mariscal Sucre;

Art. 2.- Se anexa a esta parroquia los recintos o caseríos conocidos con los nombres de Carrizal, Recreo y Guabo de Machete.

Art. 3.- Los linderos de la nueva parroquia se determinan así:

Por el norte, linderos del cantón Yaguachi; Por el sur, la margen derecha del río Milagro; Por el este, el estero llamado Los Huaques hasta el estero denominado “El Guasmo” y de allí siguen los linderos de la hacienda Venecia; y por el oeste, los linderos de la hacienda María Mercedes.

Art. 4.- Elévese esta Ordenanza al señor Jefe Político del cantón para que sancionada y publicada llegue a conocimiento del Poder Ejecutivo para su aprobación.

Art. 5.- El Concejo Cantonal de Milagro expide la presente Ordenanza en uso de la facultad que le concede el inciso 28 del Art. 17, sección tercera de la Ley del Régimen Municipal.

Dado en la Sala de Sesiones del Ilustre Concejo Cantonal en Milagro, a los diez y ocho días del mes de junio de mil novecientos treinta y tres.- f) Gerardo González, Presidente del Concejo. (f) Carlos Chiriguaya.- Secretario Municipal.- Hay un sello.

El infrascrito Secretario Municipal, en forma legal, certifica:

Que la presente Ordenanza que eleva a Parroquia Civil al recinto llamado Los Huaques ha sido discutida y aprobada por el I. Concejo Cantonal, en las sesiones verificadas en los días diez de mayo, catorce y veinte y ocho de julio del presente año de mil novecientos treinta y tres; y aprobada su redacción en la del trece del presente mes de julio.- Milagro, julio 18 de 1933.- (f) Carlos Chiriguaya.- Secretario Municipal. Hay un sello.

Presentado Hoy.- Milagro, 19 de julio de 1933; las dos de la tarde. Certifica (f) J. Miguel Noboa. Jefatura Política del cantón.- Milagro, 22 de julio de 1933.- Las once de la mañana. Ejecútese: El Jefe Político del Cantón. E. Plaza, El Secretario, Miguel Noboa. Hay un sello.

Ministerio de Gobierno, etc. Quito, abril 2 de 1934.- Aprobado por Acuerdo Ejecutivo, número 278, de esta fecha. El Ministro.- (f) José Rafael Bustamante. El Sub Secretario.- firma inteligible. Hay un sello.

 

Ordenanza de apertura y nombre de calles

 

El Ilustre Concejo del Milagro

 Considerando:

1.- Que el día primero de mayo del presente año tuvo lugar la inauguración oficial de la parroquia Mariscal Sucre, perteneciente a esta jurisdicción cantonal;

2.- Que hace preciso y necesario dar nombre a las calles de la población mencionada, una vez que se ha procedido a la delineación del perímetro urbano, conforme con la delimitación señalada en los planos respectivos, dándoles nombres de provincias y ciudades notables de la República y de otros nombres históricos;

3.- Que atenta la atribución que le concede a las Municipalidades el ordinal 7 del Art. 17 de la Ley de Régimen Municipal en vigencia.

Acuerda:

Artículo 1.- Procédase a la apertura de las siguientes calles en la población de Mariscal Sucre, de conformidad con el plano levantado por Juan Ramón Fariño Gavilánez, aprobado por el Muy Ilustre Concejo Cantonal, en el perímetro urbano que se ha delineado.

a.-) ábrase la calle Malecón en línea paralela hacia la orilla del Río Milagro, que atraviesa la indicada población, en su extensión desde la calle Guayaquil hasta la de 1 de Mayo en línea transversal.

b.-) paralela a la calle Malecón se abre otra con la denominación de Manabí en la misma extensión que la anterior.

c.-) paralela a la calle antes mencionada se abre otra bajo la denominación de 12 de Febrero, en la misma extensión que las anteriores.

d.-) paralela a la calle anteriormente nombrada ábrase otra con el nombre de Huancavilca en la extensión igual que las anteriores.

e.-) se abre otra calle en línea transversal, con el nombre de Guayaquil en el trayecto comprendido entre las calles Malecón en toda su extensión hasta la calle Huancavilca.

f.-) con la denominación de Milagro se abre otra calle en línea también transversal, en la misma extensión que la anterior.

g.-) se abre igualmente otra calle denominada 17 de Septiembre en igual extensión que las anteriores.

h.-) con la denominación de 1 de Mayo se prolonga asimismo una nueva calle, que se extenderá en las mismas direcciones que las anteriores.

Artículo 2.- La Jefatura Parroquial de Obras Públicas, el Concejal Comisionado de Parroquias y el Síndico Municipal quedan encargados de la ejecución de la presente Ordenanza.

Artículo 3.- La presente Ordenanza comenzará a regir desde la fecha de su promulgación.

Dado y firmado en la Sala de Sesiones del Ilustre Concejo Cantonal de Milagro a los treinta días del mes de noviembre de mil novecientos treinta y cuatro. Presidente del Concejo.- (f) Luis Samaniego. El Secretario Municipal (f) Víctor E. Rodas.- Hay un sello.

El infrascrito Secretario Municipal, en legal forma Certifica. Que la presente Ordenanza Municipal de apertura y nombre de las calles de la población urbana de la parroquia Mariscal Sucre de esta jurisdicción, en las sesiones ordinarias verificadas el trece de noviembre, veinte y tres del citado mes de noviembre del presente año.- Milagro, diciembre 1 de 1934.- (f) Víctor E. Rodas.- Secretario Municipal.- Hay un sello.

Recibo hoy.- Milagro diciembre 20 de 1934. Certifico.- (f) Felipe Maridueña.- Secretario de la Jefatura Política del cantón Milagro, diciembre 20 de 1934, las diez de la mañana.

Ejecútese y promúlguese por bando.- Pedro A. Cedeño Macías.- Jefe Político del cantón.- (f) Felipe Maridueña.- Secretario. Hay un sello. Doy fe de la delineación y nombres de las calles de la parroquia Mariscal Sucre, por acuerdo del I. Concejo Cantonal, se promulgó por bando, que fue publicado entre los lugares mas concurridos de la población.- Milagro, diciembre 22 de 1934.- Escribano, (f) V. Argudo. Hay un sello.- Es fiel copia de sus originales a los que remito en caso necesario.- Milagro, 16 de marzo de 1937.- (f) Víctor E. Rodas.- Secretario Municipal.

Límites Urbanos

Por el norte: cantón Simón Bolívar y parroquia Lorenzo de Garaicoa. Por el sur: río Milagro y parroquia Roberto Astudillo. Por el este: límite hacienda María Isabel del cantón Naranjito; y Por el oeste: límite hacienda Milagro de la parroquia rural Milagro.

Esta parroquia antiguamente la conformaban dos grandes haciendas, María Mercedes y Venecia Norte.

Recintos: Carrizal, La Carolina, Mata de Plátano, San Francisco, La Legía, Las Maravillas, Estero Verde, La Libertad, Los Palmares, Los Tubos, Los Huaques, Vuelta del Piano, Finca Sánchez, hacienda La Poderosa, La Unión, Las Cataratas, hacienda María Mercedes, Los Aguacates, Piñuelal, La Capilla.

PARROQUIA ROBERTO ASTUDILLO.

PARROQUIA ROBERTO ASTUDILLO.

Fue creada por Ordenanza Municipal el 21 de junio de 1973 y aprobada por el Ministerio de Gobierno el 21 de agosto de 1973, cuya superficie es de 89,47 kilómetros cuadrados y reemplaza a la parroquia Naranjito, la cual se cantonizó el 5 de octubre de 1972.

Debe su nombre al mártir milagreño Roberto Astudillo Valverde, quien nació el 7 de junio de 1885 y murió el 28 de julio de 1904 defendiendo nuestra heredad territorial, en el puesto militar de avanzada Torres Causana en el oriente ecuatoriano.

Límites Urbanos

Por el norte: el Río Milagro de la parroquia Mariscal Sucre. Por el sur: el río Chimbo de la parroquia Boliche del cantón Yaguachi. Por el este: El cantón Naranjito.

Por el oeste: parroquia Milagro.

Integran la parroquia Roberto Astudillo la hacienda Venecia sector 1 y 2.

Recintos: La Cachote, Las Guaijas, Venecia Sector 3, Cáceres, Chaparral, Finca Sánchez 2, Manga de Jején, Manantial, Predio Cinco Hermanos, Galápagos, Papayal, Venecia Central, Nueva Venecia, Linderos de Venecia, Guadalupe, Banco de Beldaco, Cruce Chico, Córdova, Sector Las Palmas, San Francisco de Guabí, El Guabo, El Paraíso, El Guabí 2, Cristo del Consuelo, Campamento, Nueva Esperanza, Flor del Bosque, Barcelona, La Florida, Venecia de Chimbo,  Sauces y Chimbo de Venecia.

 

Parroquia 5 de Junio:              

Es la más joven de todas, fue creada mediante Ordenanza Municipal del 29 de junio de 1995, en la administración del Alcalde Lister Andrade Ortega y reemplaza a la parroquia Bucay que fue elevada a cantón el 10 de enero de 1995, sin embargo no ha sido reconocida por el Ministerio de Gobierno, Policía y Municipalidades, por cuanto no cuenta con el número suficiente de 10  mil habitantes como establece la Ley para su aprobación.

Su historia

El 5 de junio de 1967 un grupo de 200 campesinos pertenecientes a la Cooperativa 5 de Junio, con mache en mano derribaron todas las plantaciones de cacao de propiedad de la hacienda La Eugenia, ya que los dueños de esta hacienda se negaban a ceder o vender las tierras para crear en ese sitio el poblado; es por este motivo que los campesinos decidieron tomar las tierras por la fuerza.

Los campesinos dirigidos por Alberto Pilalot Vera, solo tardaron una hora para derribar árboles y malezas de las 4 hectáreas donde se levantaba el recinto.

A las pocas horas de lo ocurrido llegaron alrededor de 20 policías al mando de un subteniente de apellido Calderón y del administrador de la hacienda, Félix Guerrero, quienes rodearon la casa donde funcionaba la cooperativa, con la intención de apresar a sus dirigentes y afiliados, pero ellos ya se encontraban a buen recaudo al otro lado del río Chimbo.

La policía realizó varios disparos al aire para amedrentar a los colonos; y, como no pudieron aprehender a nadie optaron por regresar a Milagro, no sin antes destruir una bandera de la cooperativa que había sido colocada sobre una caña en el centro del desmonte.

El 25 de junio de 1967 a las 06:00, es apresado Alberto Pilalot Vera cuando se dirigía a su trabajo, siendo llevado a Guayaquil, acusado de la destrucción de los cultivos y cerca de alambrado, cuya orden de prisión la dio el intendente de policía del Guayas, Leonidas del Campo, que había iniciado un juicio penal a Pilalot Vera.

El 25 de agosto, el desaparecido IERAC hace un avalúo de los cultivos destruidos, por alrededor de 52.870 sucres.

El 5 de octubre, en las oficinas del IERAC en Milagro y por disposición del director ejecutivo de esa institución, fueron citados los propietarios de la hacienda Eugenia y los miembros de la Cooperativa 5 de Junio, donde se suscribió un acta transaccional entre los dueños de la hacienda y los directivos de la asociación para que paguen el valor de los cultivos destruidos en dicha hacienda.

Ese mismo día se firmó la escritura de compra venta de tierras a favor de la Cooperativa. La escritura la firmaron la dueña de la hacienda, Carmen Ayala Icaza; el gerente de la cooperativa, Clemente Rivera y Alberto Pilalot Vera como Presidente.

En la reunión se pidió que se deje sin efecto el juicio penal que existía en contra de Alberto Pilalot, por lo que el 10 de octubre salió en libertad el dirigente y siendo las 15:00 llegó al recinto donde fue recibido por todos los socios en una emocionante asamblea.

Según consta en el libro de actas de la Cooperativa 5 de Junio del año 1967, los dirigentes de la cooperativa que aprobaron la toma de las tierras de la hacienda Eugenia, fueron los siguientes: Alberto Pilalot Vera, Presidente; Clemente Rivera, gerente; Albino Mosquera Ibarra, Vicepresidente y los vocales, Polibio Mora, Nicolás Maridueña Pastoriza, Nicéforo Espinoza, Pablo Reyes Malavé, Félix Gómez Bajaña, Pablo Mora Chávez, Daniel Escobar, entre otros. 

 

Ordenanza de creación de la

«PARROQUIA 5 DE JUNIO»

 EL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL DE MILAGRO

 CONSIDERANDO

 Que los moradores del Recinto 5 de Junio (puente de Chimbo), vía Milagro Km. 26 han presentado una solicitud firmada por la mayoría de los vecinos, expresando la voluntad de que sea elevada a Parroquia Rural el actual Recinto 5 de Junio.

Que estudiadas y analizadas las condiciones geográficas de dicha circunscripción, ésta reúne las condiciones establecidas en el art. 11, literales a), b) y c) de la Ley de Régimen Municipal.

Que uno de los fines de la Municipalidad es procurar el bienestar material de la colectividad, impulsando el desarrollo físico del cantón.

Que asimismo es la obligación de este Ayuntamiento, acorde con la Ley, acrecentar el espíritu de nacionalidad y civismo de los asociados para lograr la unidad de la nación; y, en uso de las facultades que se haya investido por la Ley.

ACUERDA

1.- Elévese a la categoría de Parroquia Rural el Recinto denominado 5 de Junio con el nombre 5 de Junio, siendo asiento de la Cabecera Parroquial en el antiguo Recinto 5 de Junio (puente de Chimbo).

Art. 2.- Forman parte de esta nueva Parroquia Rural los Recintos: El Triunfo, El Progreso, El Ceibo y La Victoria de la jurisdicción de la hacienda San Miguel; y, los Recintos: Panigón, Las Pilas, Barcelona y El Paraíso de la hacienda Panigón.

Art. 3.- Los linderos de esta nueva parroquia se determinan así: Por el norte: con linderos de la hacienda San Miguel, La Eugenia y Panigón; Por el sur: con el río Chimbo: Por el este: con linderos de la hacienda Venecia, parroquia Roberto Astudillo y Por el oeste: vía Milagro-Boliche, linderos de la parroquia Chobo, desde la esquina del barrio La Eugenia, estero Los Monos, hasta el puente Chimbo.

Art. 4.- La presente Ordenanza entrará en vigencia una vez que sea aprobado por el Ministerio de Gobierno.

Dado en la Sala de Sesiones del Ilustre Ayuntamiento, en Milagro, a los 29 días del mes de junio de 1995.

Ing. Juan Burbano Salinas                                    Ab. Víctor Acosta Ramos

Vicepresidente del Ilustre                                          Secretario Municipal

Concejo Cantonal de Milagro

Información tomada:

Archivo de la Biblioteca del Poder Legislativo. Quito-Ecuador.

Propuesta Censo Agropecuario 2005, elaborado por los ingenieros Ciro Carpio y José Zurita. Departamento de Avalúos y Catastro I. Municipalidad de Milagro.

Registro Oficial No. 391, viernes 14 de septiembre de 1973.

Registro Oficial No. 187, mayo 14 de 1982.

Registro Oficial No. 175, miércoles 3 de febrero de 1982.

Ordenanza Municipal I. Municipalidad de Yaguachi,abril de 1892.

Ordenanza Municipal I. Municipalidad de Milagro, abril 28 de 1933.

Ordenanza Municipal I. Municipalidad de Milagro, diciembre 20 de 1934

Ordenanza Municipal I. Municipalidad de Milagroel 2 de septiembre de 1973

Ordenanza Municipal I. Municipalidad de Milagro, junio de 1995.

11 comentarios »

  1. […] 16.- DIVISIÓN POLÍTICA DEL CANTÓN MILAGRO. […]

    Pingback por CANTÓN MILAGRO, IMAGENES DE AYER Y HOY. « HISTORIA DEL CANTÓN MILAGRO — 31 agosto 2011 @ 1:56 AM | Responder

  2. Excelente trabajo de investigación Sr. Balarezo, reciba mis felicitaciones por este magnifico aporte a la ciudadania milagreña y ecuatoriana en general

    Comentarios por Prof Rubén Salazar Barzola. — 7 septiembre 2012 @ 6:40 AM | Responder

  3. excelente Don Diego Balarezo e un hombre que aporta a la ciudad de Milagro

    Comentarios por Silvia Granizo — 14 noviembre 2012 @ 3:31 PM | Responder

  4. Me podria ayudar con la siguiente pregunta ¿Cuantas escuelas Fiscales hay en la Ciudad de Milagro?
    gracias
    att. Erika

    Comentarios por Erika — 29 junio 2013 @ 4:38 PM | Responder

    • Señorita Erika favor dirigirse a la pagina de INEC, ellos tienen todos los datos estadístico del Cantón Milagro, mi pagina solo es referencial.

      web. http://www.inec.gob.ec
      Saludos cordiales.
      Diego Balarezo Pinos
      Paleografo- Gestor Cultural

      Comentarios por DIEGO BALAREZO PINOS — 21 julio 2013 @ 3:13 PM | Responder

  5. LA HISTORIA DE MI BELLO MILAGRO TIERRA DULCE

    Comentarios por Johanna Bajaña — 21 agosto 2013 @ 8:42 AM | Responder

  6. Excelente aporte, mi estimado amigo ,Víctor Hugo Vicuña Piedra ,mil gracias por tamaña explicación histórica y geográfica de nuestra querida ciudad de San Francisco De Milagro…
    Ahora solo toca el seguir buscando ,por que el barrio mas antiguo de Milagro ,como lo es el «Barrio San Pedro» se lo a degradado a ciudadela…a lo mejor me equivoco ,pero seguiré investigando. Cuantos barrios en totalidad componen la ciudad de Milagro y sus ciudadelas..
    Por lo demás quedo de usted muy reconocido por su dedicación y trabajo investigativo…

    atte..

    Geovanny Caicedo Martinez..

    Gracias..

    Comentarios por Jhova Caicedo Mtnez — 19 septiembre 2013 @ 11:44 AM | Responder

    • Geovanny, Víctor Hugo tubo la gentileza de proporcionarme la información, pero su inquietud lo pasare a el. Saludos cordiales. Diego Balarezo Pinos

      Comentarios por DIEGO BALAREZO PINOS — 23 septiembre 2013 @ 10:06 AM | Responder

    • buen dia… soy estudiante de Diseño de interiores, actualmente estoy haciendo tesis.. con mension muebles y espero poder realizar en milagro y quisiera saber sobra las areas verdes q existen en milagro como introduccion xq realmente el trabajo sera en ambientar el malecon, entre vegetacion, mobiliario e iluminacion….

      Comentarios por misael herrera — 17 julio 2015 @ 4:13 PM | Responder

      • Señorita Jhova Caicedo Martinez, esta pagina no pertenece al Gad de Milagro, desconozco los metros cuadrados de áreas verdes a lo largo del malecón en las dos orillas, tendria que pedir ese dato al Municipio de Milagro, y es muy buena idea, lamentablemente el vandalismo predomino en la destrucción a lo largo del los dos malecones. Saludos y gracias por su consulta.
        Estamos para ayudarle.

        Comentarios por DIEGO BALAREZO PINOS — 31 julio 2015 @ 6:14 PM

  7. Excelente investigación e información felicitaciones

    Comentarios por Germania Sánchez — 20 agosto 2016 @ 9:16 AM | Responder


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